Ante la visita de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a San Martín de los Andes, el Concejo Deliberante local emitió hoy una Declaración de repudio a la medida dada a conocer el pasado martes donde la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó una demanda que buscaba anular la derogación de la Ley de Tierras Rurales. Los magistrados se encuentran en esa localidad neuquina participando del XXVI Encuentro de Jueces de Tribunales Orales, que se desarrolla desde hoy hasta mañana.

La Declaración surgió a través de una propuesta de la Concejal Marcela Valenzuela, del Bloque Pj Fuerza Patria, quien trató sobre tablas un proyecto de declarar Personas No Gratas a los miembros de la Corte Suprema de Justicia. Si bien los integrantes del cuerpo legislativo no apoyaron la propuesta inicial, si emitieron un Declaración de Repudio a la medida judicial.
El Artículo 1º., señala: «Expresar nuestro más firme repudio al fallo dictado por los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz que, al desconocer la legitimación del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata, habilitó la derogación de la Ley de Tierras (Ley 26.737), facilitando la extranjerización de tierras rurales, cursos de agua y zonas de frontera.»


La noticia de la presencia de los jueces que dejó vigente el decreto 70/2023 del Gobierno que permite la venta sin límites de tierras a extranjeros movilizó a la ciudadanía de la localidad cordillerana que organizó una movilización covocada a las 17 en el salón de eventos del Hotel «Le Village» donde se desarrolla este encuentro de Jueces de Tribunales Orales y un ruidazo en el Hotel «Plaza» donde se alojarían los magistrados.
El conflicto judicial comenzó cuando el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata promovió un amparo contra el Estado Nacional. La organización civil solicitó que se declarara la inconstitucionalidad y la nulidad de la derogación de la Ley 26.737, la cual regulaba y limitaba la posesión, propiedad o tenencia de tierras rurales en manos de ciudadanos o empresas extranjeras.

