El juez federal de Esquel Guido Otranto resolvió hacer lugar a la demanda de la Administración de Parques Nacionales (APN) y desalojar al lof paillako de las zona conocidas como ex Población Felidor Salinas, Seccional El Maitenal, valle del Arroyo Cascada, dentro de la Reserva Nacional Los Alerces, en Chubut.
De esta manera, responde a la presentación que realizó a principios de julio el presidente de la Administración de Parques Nacionales, Cristian Larsen, para terminar con la reafirmación territorial que encabeza Cruz Cárdenas ex empleado de Parques Nacionales a quien el propio Cristian Larsen se encargó de estigmatizar con la colaboración mediática de medios de comunicación afines a los discursos anti mapuche.
Larsen acusó a Cárdenas de ser un falso mapuche y lo involucró en incendios intencionales que se registraron en Los Alerces, algo que reiteradamente es desmentido desde la comunidad.
En su resolución fechada el miércoles 7 de agosto, Guido Otranto dispuso “la expulsión de Cruz Ernesto Cárdenas, María Belén Salinas y de cualquier otro ocupante y/u ocasional morador/a que se encuentre asentado/a ilegalmente dentro de las zonas” referidas.
“En caso de encontrarse con resistencia por parte las personas que ocupan el territorio, podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública y a allanar las viviendas si fuera necesario” puntualiza el juez.
Además, dispone que “atento a las características del territorio, el Oficial de Justicia estará facultado a sortear cualquier obstáculo material que impida arribar al lugar concreto donde se encuentren las viviendas y podrá traspasar tranqueras, romper candados y mover elementos que impidan la circulación en los caminos”.
El eventual desalojo deberá llevarse a cabo en horario diurno dentro del plazo de 15 días contado a partir de la recepción del mandamiento de constatación por parte del Oficial de Justicia de este juzgado.
El juez destaca que “durante el cumplimiento de la constatación se buscará hacer saber a quienes ocupen el territorio de la existencia de la presente causa, identificándolos y previniéndoles que el lanzamiento que oportunamente se ejecute producirá efectos contra todos ellos”.
Además, ordena al Oficial de Justicia “recabar información sobre la cantidad de personas que se encuentran en el lugar; detallando principalmente si hay mujeres, niños, niñas y adolescentes”.
Recién después de ese reconocimiento para recabar información, se podrá fijar fecha para el eventual desalojo.