NACIONALES
21 de mayo de 2022
Masacre de Napalpí: La sentencia consideró que se trató de crímenes de lesa humanidad cometidos en el marco de un genocidio de los pueblos indígenas

El juicio oral por la verdad sobre la Masacre de Napalpí culminó este jueves 19 de mayo, con la sentencia de la Justicia Federal que dictaminó que en los asesinatos de integrantes de los pueblos Qom y Moqoit ocurridos en 1924, “existió responsabilidad del Estado nacional en los delitos de homicidio agravado y reducción a la servidumbre como crímenes de lesa humanidad cometidos en el marco de un proceso de genocidio de los pueblos indígenas”.
Durante la jornada realizada en el Centro de Convenciones Gala de Resistencia, el fiscal general, Federico Carniel; y el fiscal ad hoc, Diego Vigay; la secretaria de Derechos Humanos y Géneros del Chaco, Silvana Pérez; la subsecretaria de Derechos Humanos, Nayla Bosch; el abogado querellante, Duilio Ramírez; el Presidente del IDACH, Miguel Iya Gómez y el abogado querellante Emiliano Nuñez, presentaron en base a lo que se ha podido probar a lo largo de las seis audiencias anteriores, los fundamentos para exigir una reparación integral por el atropello sufrido por los pueblos indígenas en el Chaco.
El juicio por la verdad concluyó este jueves, a casi 98 años de los hechos, con la lectura de la parte resolutiva de la sentencia. Allí se declaró como probados los delitos de homicidio agravado y reducción a la servidumbre de entre 400 y 500 miembros de las comunidades Qom y Moqoit, y se dispusieron medidas de reparación en beneficio de las comunidades, como habían solicitado durante los alegatos la fiscalía y las querellas de la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros de Chaco y el Instituto del Aborigen Chaqueño (IDACH).
En un veredicto que tuvo traducción simultánea a las lenguas qom y moqoit, la jueza federal Zunilda Niremperger de Resistencia, Chaco, resolvió que existió responsabilidad del Estado Nacional en la Masacre de Napalpí del 19 de julio de 1924 y consideró que se trató de crímenes de lesa humanidad cometidos en el marco de un proceso de genocidio de los pueblos indígenas.
Además de fijar una amplia difusión del juicio y de la sentencia, la jueza ordenó al Estado Nacional la realización de un acto público de reconocimiento de su responsabilidad con participación de las víctimas y la constitución de un museo y sitio de memoria en el lugar de los hechos.
Exhortó además al Estado Nacional a que implemente un plan de políticas públicas de reparación histórica a los pueblos Qom y Moqoit y que fortalezca las políticas de prevención y erradicación del odio, racismo, discriminación y xenofobia en las que se garantice la perspectiva de los pueblos indígenas en los ámbitos de salud, educativos y culturales.
Por otro lado, ordenó a los Ministerio de Seguridad de la Nación y del Chaco que incorporen a la capacitación de las fuerzas de seguridad un módulo sobre respeto a los derechos humanos de los pueblos indígenas y requirió al Ministerio de Educación de la Nación que incluya dentro de los diseños curriculares a nivel nacional el estudio de los hechos que se juzgaron.
Estableció también la continuidad de los trabajos del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) en la búsqueda y exhumaciones de fosas comunes e impulsó al Congreso de la Nación a que determine el 19 de julio como Día Nacional de Conmemoración de la Masacre de Napalpí.
Como mecanismo de supervisión, una unidad ejecutora estará a cargo de hacer el seguimiento de la sentencia para su cumplimiento.
Se exhorta al Estado Nacional a la implementación de un Plan de Políticas Públicas concretas de Reparación Histórica a los pueblos Qom y Moqoit y a fortalecer políticas públicas de prevención y erradicación del odio, racismo, discriminación y xenofobia garantizando la perspectiva de los pueblos indígenas en ámbitos de salud, educativos y culturales, todo ello con la consulta previa a las Comunidades. La creación de espacios de investigación para que docentes e investigadores indígenas desarrollen investigaciones sobre la historia de los pueblos indígenas y generar material de estudio y difusión sobre la temática.
Como también hacer lugar a lo solicitado por el Ministerio Público Fiscal en relación al cambio de nombre de la Comunidad de Colonia Aborigen, la que deberá realizarse a través de un plebiscito por intermedio del Instituto del Aborigen Chaqueño.
En su resolución, la jueza reconoció algunas medidas de reparación tomadas en los últimos años, como el pedido de disculpas a los pueblos originarias realizado por el Gobierno de Chaco en 2008 y la señalización realizada en 2021 por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación del Sitio Histórico Memorial Napalpí.
Este fue el primer juicio oral en investigar como crímenes de lesa humanidad los delitos cometidos contra comunidades indígenas. Se trató de un juicio por la verdad ya que, por tratarse de hechos que ocurrieron hace casi un siglo, no había imputados con vida a quienes juzgar.
El debate comenzó el 19 de abril y se desarrolló durante 7 audiencias que se realizaron en su mayoría en la ciudad de Resistencia, pero también se trasladaron a la localidad de Machagai, cercana a Napalpí, y a la Ciudad de Buenos Aires, en el Centro Cultural Haroldo Conti, que funciona en el Espacio Memoria y Derechos Humanos Ex ESMA.
En las primeras jornadas se escucharon los relatos grabados de sobrevivientes y los testimonios de sus descendientes, hijos, hijas, nietos y nietas. A través de esos relatos se logró reconstruir cómo se vivía en la reducción de Napalpí, donde las comunidades estaban en condiciones de casi esclavitud, sin libertad de trabajo ni de movimiento.
Las voces de sobrevivientes y sus descendientes permitieron conocer los hechos que ocurrieron ese 19 de julio de 1924, cuando un centenar de policías, gendarmes y colonos fusilaron a unas 400 personas que protestaban por las condiciones laborales y de vida.
Una gran parte de los testimonios fueron de especialistas e investigadores, quienes repasaron el funcionamiento de la reducción y su objetivo disciplinador, y cómo se planificó y ejecutó la masacre por parte del Estado. Se refirieron además al carácter genocida de los crímenes perpetrados contra las comunidades y cómo fueron luego perseguidos y silenciados para garantizar la impunidad.
Cabe resaltar que este juicio, el primero en el país en juzgar un etnocidio como crímenes de lesa humanidad, fue posible gracias a la articulación de la lucha de las comunidades indígenas, las organizaciones comunitarias, las organizaciones de derechos humanos, la investigación de historiadores como Juan Chico, la Fundación Napalpí, la voluntad y trabajo de la Justicia Federal y la decisión política del Estado provincial de dar el acompañamiento merecido.
COMPARTIR:
Comentarios
Nombre
Victor Hugo vargas
Comentario
Los felicito a los luchadores aborigen y a los ciudadanos que acompañaron para que se aclare tanta injusticia cometida día a día por la no integración.al Sr.gobernador Jorge Milton Capitanich. sin traba alguna para el esclarecimiento de los hechos a la Jueza Niremberger .gran responsabilidad para esclareser semejante barbaridad y que no quede impune. Queremos el debate con la policía .gendarmería por sus malos prosedimiento a terceros que no tienen nada que ver en muchos casos. Todavía existen abusos por su incapacidad operativa.
Seguinos