
La CIDH tratara la demanda de comunidades indígenas de Salinas Grandes por el incumplimiento de la Consulta Libre Previa e Informada del convenio 169 de la OIT. La demanda de las comunidades presentada en el año 2013 llega al organismo internacional luego de que la Corte Suprema de justicia de la nación se declarase incompetente.
En la Argentina existe una de las mayores reservas de litio en sus salares de altura, ubicados en la región de la Puna, a más de 3.200 metros sobre el nivel del mar, y que junto con Bolivia y Chile conforma el llamado “triángulo del Litio del Cono Sur”.
Las provincias de Salta y Jujuy comparten la cuenca hídrica, cuyos ríos y arroyos alimentan el humedal de altura llamado Salinas Grandes y la laguna de Guayatayoc. Actualmente se encuentran amenazadas por distintos proyectos de minería de litio, que podrían generar serios problemas en el ecosistema y en sus formas de vida, especialmente, porque no se evalúan suficientemente los impactos ambientales y acumulados que puede generar esta actividad.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), tratara la demanda de comunidades indígenas de Salinas Grandes por el incumplimiento de la Consulta Libre Previa e Informada del convenio 169 de la OIT presentada en el año 2013 al organismo internacional.
A finales del año 2012, la Suprema Corte de Justicia de la Nación integrada por entonces por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carlos Fayt se declararon “incompetentes”, ante la demanda presentada por 33 comunidades indígenas sobre el incumplimiento de lo establecido por el convenio 169 de la OIT en lo referido a la Consulta Libre Previa e Informada. (Ley 24.071)

Luego de trece años de presentada la demanda, la CIDH comunico a las comunidades que finalmente acogía el pedido presentado en el año 2013 señalo a originarios.ar la abogada Alicia Chalabe, “Hace más o menos unos 10 días recibimos un correo electrónico con la respuesta de la Comisión Interamericana de Derecho Humano, informando que habían admitido el caso presentado en el año 2013 por comunidades indígenas de Jujuy y de Salta, que son las actoras de una demanda de amparo que se había presentado en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, pidiendo que se implemente y se haga efectivo el derecho de consulta establecido en el Convenio 179 del OIT en todos los emprendimientos de explotación de litio en las provincias de Jujuy y Salta”.
La letrada señalo que “la última información que habíamos enviado fue en agosto del 2018, previo a la pandemia se había mandado una actualización de información, porque por supuesto que año a año cambia la situación de las salinas grandes, tanto de Jujuy como de Salta”.
Alicia Chalabe además indico que “hay varias situaciones que se han producido. Por un lado, respecto a las salinas en sí, la situación fáctica ha cambiado porque hay una multitud de emprendimientos de litio en las zonas de salinas grandes, esto no sucedía cuando iniciamos la demanda”.
Finalmente consultada sobre cómo van a continuar la demanda las comunidades indígenas declaro que “vamos a tener una primera reunión, que seguramente va a ser informativa, y a partir de allí hay que actualizar información, todo lo que ha pasado desde el 2018 hasta la fecha”.