La Comunidad Wichí La Mora, de la localidad salteña La Unión, alambró territorio comunitario para proteger la zona ante el avance de la tala indiscriminada de Palo Santo que afecta al monte nativo, pero fueron notificados por la Fiscalía Penal de Pichanal para que cesen con el cercado, manifestaron a través de redes sociales.
Eduardo Gómez, subcacique de la comunidad, señaló que Emilio Novillo alambró un predio de más de 6 kilómetros de largo y ancho dentro de «la reserva» sin ninguna autorización de las autoridades wichí, por eso decidieron comunitariamente alambrar y proteger el bosque nativo: «Para nosotros, la parte donde nosotros queremos encerrar es para cuidar el Palo Santal. Nosotros necesitamos una reserva para un futuro de nuestros hijos» manifestó.
Además denuncian que hay una tala desmedida de estos árboles y las familias criollas trasladan una gran cantidad de la madera de Palo Santo en camiones. Si bien la comunidad hizo las denuncias pertinentes a la policía del distrito La Unión, en la seccional policial local «no quisieron recibirles la denuncia».
Sin embargo, el cacique de la comunidad recibió una Cédula de Notificación de la doctora Liliana Tasca, auxiliar de la Fiscalía Penal de Pichanal donde solicita que «cese las actividades del alambrado/cercado».

Por su parte la comunidad, mediante sus letrados impugnaron la cédula de notificación del 12 de Febrero del corriente año a la Fiscalía Penal de Pichanal, solicitando la revocatoria, planteando cuestión federal ya que se están violentando derechos indígenas porque «la medida vulnera el Convenio 169 de la OIT, al tomar una decisión que afecta el territorio indígena sin consulta previa a la comunidad».
También alegaron en su defensa que hay error de hecho ya que «la Fiscalía califica el cercado protector de la comunidad como una turbación, cuando en realidad es un acto de Legítima Defensa (Art. 34 inc. 6 CP) para evitar la tala ilegal de Palo Santo».
Además la comunidad destaca en su defensa legal que hay vulneración del Artículo 41 de la Constitución Nacional, al ordenar el «cese de cercado». La fiscalía facilita la continuación del daño irreversible al ecosistema, incumpliendo la Ley General del Ambiente (25.675) y su principio precautorio.
Finalmente la comunidad solicitó «se revoque la orden de cese de alambrado para la comunidad y, en su lugar, se ordene el auxilio de la fuerza pública para proteger a los miembros de la comunidad mientras aseguran el perímetro de la reserva contra los taladores ilegales».
Eduardo Gómez destacó: «en este lugarcito que nos queda está muy talado el Palo Santo, no nos queda más. Sólo quedan unos brotecitos nomás y podemos cuidar eso, para las nuevas generaciones».

